INDUSTRIA AERONÁUTICA

Simplifican trámites para obtener matrícula de aeronaves venezolanas

Se da cumplimiento a la actualización de la Regulación Aeronáutica Venezolana 47 (RAV 47), establecida recientemente por la Autoridad de la Aviación Civil.

En aras de simplificar los trámites y agilizar el tiempo de respuesta para la matriculación de aeronaves, inscripción de documentos, títulos relativos a la propiedad y los contratos de utilización de aeronaves, el Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo, a través del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), da cumplimiento a la actualización de la Regulación Aeronáutica Venezolana 47 (RAV 47), establecida recientemente por la Autoridad de la Aviación Civil.

En este sentido, la Autoridad Aeronáutica a través de la publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 40.654 de fecha 6 de mayo de 2015, emitió la actualización de la Regulación Aeronáutica Venezolana 47 (RAV 47),en la que se establece, además de los trámites para la obtención de matrícula nacional, las normas relativas a la organización, control, resguardo y custodia del Archivo Nacional Aeronáutico, normativa que obliga a los propietarios de aeronaves actualizar y sincerar sus expedientes ante el INAC.

De esta manera, queda derogada la RAV 47, emitida por el INAC el 24 de febrero de 2010, por lo que aquellos usuarios que deseen obtener la asignación de matrícula en Venezuela deberán realizar una Solicitud de Reserva de Matrícula ante el Registro Aeronáutico Nacional…

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