AEROLÍNEAS

Acuerdo sobre transporte aéreo entre España y Egipto

El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Acuerdo sobre transporte aéreo entre España y Egipto en el que se establecen unos principios flexibles en cuanto al régimen de explotación de servicios entre ambos países, fortaleciendo así las relaciones mutuas en el ámbito del transporte aéreo comercial.

Durante las negociaciones se acordó que cada Parte podría designar tantas compañías aéreas como desease, tanto para las operaciones de pasajeros como de carga, previa notificación por escrito.

En cuanto a la capacidad, frecuencia y derechos de tráfico, se establecen 16 frecuencias semanales para los vuelos de pasajeros, correo y carga, con cualquier tipo de aeronave, con derechos de tercera y cuarta libertad. Para vuelos exclusivamente cargueros, se acordaron tres frecuencias semanales con cualquier tipo de aeronave.

Respecto al Cuadro de Rutas -recogido en el Anexo I-, es abierto y los puntos pueden ser libremente escogidos por las compañías aéreas de cada Parte. Los puntos en los territorios de España y de Egipto, así como los puntos intermedios y posteriores de las rutas acordadas entre las Autoridades Aeronáuticas en los que las compañías aéreas exploten servicios aéreos, serán libremente elegidos por cada una de las Partes y deberán notificarse 30 días antes del comienzo de los servicios…

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