INDUSTRIA AERONÁUTICA

Chile: Comisión del Senado revisará proyecto que empodera a pasajeros de aerolíneas comerciales

La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones será la encargada de revisar los cambios realizados por la Cámara Baja en el segundo trámite del proyecto que modifica el Código Aeronáutico, en materia de transporte de pasajeros y sus derechos.

La norma ha experimentado una serie de cambios durante su tramitación, por lo que ahora los integrantes de este grupo parlamentario tendrán la misión de revisar las observaciones de los diputados y luego votarlas.

Así la Sala deberá conocer el informe que emitirá la Comisión, en virtud del cual votará. Si los senadores no respaldan los cambios, se procederá a convocar a una Comisión Mixta; y de lo contrario, si el texto se despacha, estaría en condiciones de convertirse en ley.

La iniciativa de autoría del senador Pedro Muñoz, y que fue patrocinada por los senadores Camilo Escalona y Juan Pablo Letelier, pretende actualizar la legislación aeronáutica que data de los años 90, con el fin de entregar mayores garantías a los clientes de vuelos comerciales.

Compensaciones

De acuerdo al texto aprobado por la Cámara de Diputados y que será ahora revisado por el Senado, la norma apunta a transparentar la emisión de pasajes, generando así un nuevo esquema de opciones y compensaciones en favor de los usuarios afectados por cancelaciones o retrasos en sus itinerarios.

En caso de sobreventa de un vuelo, se establece un sistema voluntario de renuncia a las reservas a cambio de determinadas prestaciones y reparaciones que se acuerden entre las partes. En caso de persistir el problema al denegarse el embarque o sencillamente cancelarse el vuelo, el pasajero tendrá la opción de embarcarse en el siguiente vuelo o solicitar el reembolso del monto total pagado.

Sin perjuicio de lo anterior, la propuesta obliga a la aerolínea a ofrecer al pasajero afectado una compensación ascendente a 2 UF (46 mil 862 pesos) para vuelos de menos de 500 kms.; 3 UF (70 mil 293 pesos) para vuelos de entre 500 y 1000 kms.; 4 UF (93 mil 724 pesos) para vuelos de entre 1000 y 2500 kms.; 10 UF (234 mil 310 pesos) para vuelos de entre 2500 y 4000 kms.; 15 UF (351 mil 465 pesos) para vuelos de entre 4000 y 8000 kms.; y 20 UF (468 mil 620 pesos) para vuelos de más de 8000 kms.

La norma en análisis indica que si el pasajero decide perseverar en el contrato ante una denegación de embarque, el transportador (aerolínea) estará obligado a…

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