El tema de los "Cielos Abierto" sigue siendo uno de los más polémicos de la aviación.
Es relevante para México pues en los últimos meses las autoridades aeronáuticas han suscrito enmiendas al Convenio de Transportes Aéreos con Estados Unidos, aunque desafortunadamente en un ambiente cerrado, ajeno a la apertura democrática. Si bien es cierto que no se acordó una política de cielos abiertos con nuestro socio comercial, cada medida que se adopte podría indicar el camino que las autoridades federales pretenden seguir.
En general por cielos abiertos se entiende la política de liberalización que un país implementa en su mercado aéreo en relación con otra u otras naciones para hacerlo más abierto y competitivo al tráfico trasnacional de pasajeros y carga.
La liberación o no del mercado aeronáutico de una nación depende de una pléyade de factores nacionales e internacionales entre los que destacan sus políticas en materia de aviación, aperturistas o proteccionistas; el número de aerolíneas y sus capacidades económicas y de equipo; slots; el estado de su infraestructura aeroportuaria; la red de ciudades con servicio aéreo internacional; localización geográfica; limitaciones legales a la inversión extranjera y potencialidades económicas, entre otros.
La apertura del mercado aéreo de una nación está condicionada por el derecho aeronáutico. Es decir, es un tema económico pero basado en un andamiaje legal nacional e internacional.
Así, el grado de apertura de un país está relacionado con las denominadas "Libertades Aérea" para aquellos Estados que han suscrito la Convención de Aviación Civil Internacional de 1944, mejor conocida como Convención de Chicago y que fue ratificada por México.
Estas libertades se materializan en otros instrumentos también jurídicos como los convenios bilaterales y multilaterales que las naciones suscriben.
Existen nueve libertades aéreas que van desde el mero vuelo sobre el territorio de un Estado hasta permitir a aerolíneas extranjeras vuelos de cabotaje en él…