La Autoridad Aeronáutica Civil informó la tarde de este miércoles que dejaba sin efecto la Resolución N° 441/DG/DJ/AAC que prohibía temporalmente la operación de aeronaves marca Boeing modelos 737-8 serie MAX y 737-9 MAX en el espacio aéreo de la República de Panamá.
Mediante una nueva Resolución con N° 118/DG/DJ/AAC advierte a los operadores con Certificado del Explorador de Servicios Aéreos emitidos por la ACC de Panamá que deberán cumplir con los siguientes requerimientos para que dicha autoridad autorice la operación en el territorio:
-Que el estado de diseño y de fabricación de la aeronave haya autorizado su operación
-Que los operadores hayan cumplido con los requisitos establecidos por el Estado de Diseño y Fabricación para su retorno a su servicio.
-Que el sofware de los simuladores de vuelo, certificados por la autoridad, reflejen el cambio en el sistema denominados MCAS
-Que todos los pilotos que operen las aeronaves marca Boeing, modelos MAX8 y MAX9 hayan cumplido con los entrenamientos actualizados revisados y aprobados por la AAC
También señala que por el tiempo prolongado que las aeronaves han estado en tierra y sin volar, antes de iniciar operaciones, se debe asegurar de seguir todas las directrices del fabricante y realizar un vuelo sin pasajeros, de por lo menos treinta (30) minutos de tiempo.
Asimismo, en el Artículo 3 establece que se permitirá la operación a las aeronaves de operadores con Certificado del Explorador de Servicios Aéreos emitidos por estados extranjeros, «que utilicen el espacio aéreo de Panamá, siempre y cuando hayan sido autorizados a operar por la Autoridad Aeronáutica de su estado de matrícula»…