El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera legal que una aerolínea cobre un suplemento a los clientes por la facturación de su equipaje. Así lo determina una sentencia del TJUE al pronunciarse en un caso que afecta a la compañía de bajo coste Vueling.
«El Tribunal de Justicia considera que el precio que ha de pagarse por el transporte del equipaje facturado […] puede constituir […] un suplemento opcional de precio relativo a un servicio complementario», asegura el TJUE en un comunicado.
Se trata de un asunto de libertad de fijación de precios. La justicia europea entiende que «determinadas compañías siguen actualmente un modelo comercial consistente en ofrecer servicios aéreos al precio más bajo». Y que como en este modelo, «el coste ligado al transporte del equipaje» es «un elemento importante», las aerolíneas «pueden querer imponer el pago de un suplemento». Además, señala, algunos pasajeros pueden preferir viajar sin facturar equipaje si esto supone un billete más barato.
Según se desprende de la sentencia, la normativa española actual incumple el Derecho de la UE, ya que «obliga a las compañías aéreas, en cualquier circunstancia, a transportar no sólo al pasajero, sino también el equipaje facturado de éste por el precio del billete de avión, sin que pueda exigirse ningún suplemento de precio». Esto impediría a la aerolínea «fijar libremente un precio por el transporte de los pasajeros»
Este caso ha llegado al TJUE después de que una cliente demandase a la compañía aérea Vueling por una cláusula abusiva, al aplicarle un recargo de 40 euros por la facturación en línea de dos maletas para los trayectos de ida y vuelta entre La Coruña y Ãmsterdam. El precio base de los billetes era de 241,48 euros…