El Tribunal Supremo ha decretado que se efectuarán mediciones del ruido que generan los aviones que operan en la pista 18R/36L del Aeropuerto de Madrid-Barajas en el interior de las viviendas de los vecinos de la urbanización Santo Domingo de Algete de Madrid afectados, para la ejecución de su sentencia del año 2008, al tiempo que establece que la restricciones operativas que se consideren necesarias deben ser acordadas por la administración y no por un órgano judicial, siguiendo un cálculo «equilibrado» de «coste-eficiencia».
Asimismo, el máximo tribunal señala en su auto que la sentencia de 2008, en la que consideraba que se vulneraban los derechos fundamentales a descanso de los vecinos, aún no ha sido ejecutada, solicitando que el incidente de ejecución sea remitido a la sala de Instancia (TSJM) siguiendo los argumentos planteados por el Supremo.
El pasado 22 de marzo, el Tribunal Supremo anuló el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ordenaba suspender el 30% de los vuelos que aterrizan en la pista 18R/36L del Aeropuerto de Madrid-Barajas por el ruido de los aviones al sobrevolar las viviendas de los vecinos de la urbanización Santo Domingo de Algete de Madrid, enfrentados por ello a Aena desde hace más de una década.
Entonces, la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal ha considerado que aquel auto, que había sido suspendido provisionalmente y recurrido ante el Supremo, no ejecutaba adecuadamente su sentencia de 2008. No obstante, solo se refirió solo en su fallo a la suspensión de vuelos, sin establecer la fórmula de compensación o indemnización del gestor aeroportuario a los vecinos afectados.
Nuevas normativas
El alto tribunal expone en esta sentencia, según recoge Efe, que en el ínterin entró en vigor un reglamento comunitario en abril de 2014, relativo al establecimientos de normas y procedimientos con respecto a la introducción de restricciones operativas relacionadas con el ruido en los aeropuertos de la Unión Europea (UE) «dentro de un enfoque equilibrado» y que deroga una directiva en la que se sustentaban las sentencias de 2011 y 2013 relativas a la ejecución aún pendiente de esa sentencia inicial del año 2008…