España es el país europeo más competitivo para servicios relacionados con el turismo de reuniones y eventos, una circunstancia que están aprovechando nuestros destinos para atraer a grupos de visitantes de todo el mundo. Esta ventaja se deriva del nuevo régimen del IVA para las agencias de viajes, según el análisis realizado por los expertos de Forum Business Travel.
Aunque no está especificado explícitamente en la ley del IVA (LIVA) que se aplica desde enero del año pasado, diversas consultas de asociaciones de agencias de viajes a la administración tributaria han derivado en un cuerpo doctrinal que permite deducir este impuesto de las reuniones y eventos organizados en nuestro país. Además, la facturación al cliente puede realizarse sin cargar el IVA del margen de beneficio del organizador.
"Esta interpretación de la ley, que procede de una directiva europea, solo se ha realizado en España, por lo que estamos en una situación verdaderamente privilegiada con respecto al resto de los países europeo", explica Javier López Sabaté, consultor de la empresa CLM Asesores y ponente de las jornadas celebradas por Forum Business Travel en Madrid y Barcelona el 28 y el 30 de junio, respectivamente.
Antes de la entrada en vigor de la ley, la organización de convenciones, congresos y eventos estaba separada de los servicios complementarios de transporte y alojamiento para los grupos participantes. Desde que rige la LIVA, la prestación tiene una consideración integral gracias al llamado Servicio Único Complejo de Organización de Eventos (SUCOE), por el que las agencias u otros proveedores de este mercado pueden tributar todo el paquete en el Régimen General del IVA, en lugar del Régimen Especial de Agencias de Viajes (REAV)…