INDUSTRIA AERONÁUTICA

Venezuela: Emisión obligatoria de factura en venta de boletos entrará en vigencia en febrero

El Seniat emitió de manera conjunta con el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (Inac) una providencia que obliga a las líneas aéreas y agencias de viajes la emisión detallada de facturas por concepto de prestación de servicios de transporte aéreo.

La medida entra en vigencia el 1° de febrero de 2014 y agrega requisitos a la factura y a los boletos aéreos emitidos por concepto de viaje, lo que complementa las normas de facturación contempladas en la providencia administrativa N° 00071 del Seniat, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.795 del 08 de noviembre de 2011.

Así lo informó el Superintendente del Seniat, José David Cabello Rondón, quien explicó que la medida se emite ante las irregularidades y abuso de los beneficios que otorga el Estado para viajar al exterior.

Dentro de los requisitos que debe contener toda factura emitida por las líneas áreas están: nombres y apellidos del beneficiario, número de cédula de identidad, número de pasaporte si es para viaje internacional, domicilio, número telefónico, identificación del prestador del servicio, número de boleto, itinerario de vuelo, fecha y hora de salida y llegada, puntos de salida y de destino y modo de pago.

Asimismo, el artículo 4 de esta providencia destaca que los boletos aéreos deben contener entre otros de los requisitos el número de localizador, de vuelo, de boleto, clase, número IATA, fecha y lugar de emisión, fecha de salida y retorno, tarifa, desglose de impuestos y tasas, agencia emisora del boleto, itinerario completo de vuelo y condiciones del contrato de transporte aéreo.

Cabello Rondón detalló que las líneas aéreas según el caso, deberán registrar en el libro de ventas, la factura como el único medio de control fiscal. En los casos de las agencias de viajes y turismo y demás mediadores en la venta de boletos, las facturas emitidas no generarán débitos fiscales, pero también deberán ser registradas en el libro de ventas.

Advirtió la autoridad tributaria y aduanera que en ningún caso, los boletos aéreos, talones de equipaje, órdenes de servicio y cartas de…

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