Luego de la declaración del coronavirus como pandemia y con la confirmación de 21 casos positivos en Argentina, el Gobierno resolvió limitar los permisos de ingresos a ciudadanos extranjeros provenientes de países con circulación viral sostenida del COVID-19.
En efecto, la decisión que aplicó la Dirección Nacional de Migraciones impacta sobre los extranjeros provenientes específicamente de la República Popular China, Corea del Sur, Irán, Japón, Estados Unidos, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los Estados de la Unión Europea y los países que conforman el espacio Schengen.
La Disposición 1644/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial establece la suspensión en forma transitoria de “la tramitación de solicitudes de admisión como ‘residente temporario’ de los extranjeros que se encuentren en el exterior y sean nacionales y/o provenientes» de todos los países mencionados. Ese mismo permiso fue suspendido temporalmente.
El alcance de la medida abarca a: “trabajador migrante, rentista, pensionado, inversionista, científicos y personal especializado, deportistas, artistas, religiosos de cultos reconocidos oficialmente, académicos y estudiantes”.
En el caso de los residentes en países como China, Corea del Sur e Irán, la restricción de la visa implica directamente la prohibición de ingreso al país.
En tanto, los turistas extranjeros provenientes de Japón, Estados Unidos y la Unión Europea, considerando que para su ingreso en ese caso no se requiere visa, deberán ser sometidos a 14 días de aislamiento, tal como recomendó el Ministerio de Salud de la Nación. A la vez, también quedó suspendida la tramitación vía online de las Autorizaciones de Viaje Electrónica (AVE).
La disposición incluye a quienes “deseen ingresar al Territorio Nacional con el objeto de realizar tareas remuneradas o no, en el campo científico, profesional, técnico, religioso o artístico”, se detalló en el Artículo 3°. Por su parte, se ordenó a los consulados argentinos la suspensión de trámites de permisos de ingreso y visas como residentes temporarios y/o transitorios de los países con circulación de coronavirus.
Desde Migraciones justificaron la medida debido a que en la República Popular China, Corea del Sur, Irán, Japón, Estados Unidos, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, algunos de los Estados de la Unión Europea y los países que conforman el espacio Schengen, se encuentran entre los más afectados por el contagio del COVID-19. “La rápida propagación a nivel mundial del coronavirus ha motivado a la Dirección Nacional de Migraciones a tomar medidas vinculadas a la prevención del contagio del virus en la República Argentina”, explicaron entre los considerandos del texto que lleva la firma de la directora del organismo, María Florencia Carignano.
“El virus que causa el COVID-19 produce enfermedades respiratorias, conociéndose que la principal vía de contagio es de persona a persona, por lo que resulta fundamental el refuerzo de medidas preventivas tendientes a restringir las posibilidades de circulación del virus”, se informó.
Por otra parte, en el marco del protocolo sanitario fijado por la Dirección de Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud, Migraciones adoptó el doble vidrio en las cabinas de trámites y dispuso el uso obligatorio del alcohol en gel…