GOBIERNOS

Colombia finalmente habilitó los “pilotos” para el turismo interno

A través del Decreto 990 de 2020, el Gobierno de Colombia autorizó los tan esperados “pilotos”, que permitirán iniciar una paulatina reapertura en aquellos distritos considerados “no COVID” o de “baja afectación”, que corresponden al 82% del territorio. Vuelos, hoteles, restaurantes y parques temáticos forman parte de las actividades que se autorizarán, siempre bajo estrictos protocolos.

El presidente de Colombia, Iván Duque, firmó el Decreto 990 de 2020, que determina la extensión del aislamiento preventivo obligatorio hasta el 1° de agosto. Sin embargo, la norma también autoriza la implementación de “pilotos” en aquellos distritos en los que no se registran casos de COVID-19 o en los que la incidencia actual es muy baja.

Se trata de una medida sumamente esperada e incluso solicitada públicamente por el sector turístico colombiano, ya que a partir de este instrumento legal se podrán habilitar conexiones aéreas, hoteles, restaurantes, los zoológicos, los parques temáticos, gimnasios, bibliotecas y actividades náuticas, entre otras propuestas, bajo estrictos protocolos de bioseguridad.

En el comunicado del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinComercio), su titula, José Manuel Restrepo, aseguró que el objetivo del decreto es proteger la vida de los colombianos pero, al mismo tiempo, demostrar el “compromiso” de la gestión con la “protección de por lo menos un millón de empleos y la supervivencia de más de 120.000 empresas” de todo el país.

El Decreto 990 clasifica a los municipios en las categorías “no COVID”, “baja afectación de COVID” o “alta o mediana afectación de COVID”. Dependiendo de la categoría en que se encuentre cada uno, sus gobernadores y alcaldes podrán solicitar al Ministerio de Salud y Protección Social y al Ministerio del Interior los permisos para implementar dichos “pilotos de reactivación”.

Los municipios “no COVID” o de “baja afectación de COVID” podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio en su territorio, pero para esto el Ministerio de Salud y Protección Social deberá corroborar e informar su condición con anterioridad.

“En el caso de los municipios de “alta o mediana afectación”, los alcaldes también tienen la posibilidad de activar pilotos para restaurantes con servicio a la mesa, siguiendo así el camino hacia la reactivación”, agregó Restrepo.

Del mismo modo, los alcaldes o gobernadores que ya cuenten con la autorización del Ministerio del Interior podrán suspender dichas actividades cuando se presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia…

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