Los viajeros extracomunitarios pueden entrar en España con un test negativo a partir del pasado sábado. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica una orden del Ministerio del Interior que flexibiliza los requisitos sanitarios de entrada a España para viajeros procedentes de países extracomunitarios.
Desde el pasado sábado los viajeros que lleguen a los aeropuertos españoles podrán mostrar un certificado de vacunación, de recuperación o un certificado de diagnóstico negativo en los controles de entrada al país, equiparándose a los turistas de países extracomunitarios las mismas condiciones exigidas a los ciudadanos de la Unión Europea y países asociados Schengen.
La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha afirmado que «es una buena noticia, muy esperada por el sector turístico, que facilita la llegada de turistas de fuera de la Unión Europea de cara a la temporada alta garantizando una movilidad segura».
Reyes Maroto ha valorado «la nueva fase de la pandemia que permite flexibilizar los requisitos sanitarios de entrada a España equiparando a los viajeros extracomunitarios con los de la UE y países asociados Schengen. España se está erigiendo como uno de los destinos más deseados del mundo, como nos muestran los indicadores de demanda que mes tras mes van acercándose a los niveles prepandemia y esta medida va a acelerar la recuperación del sector al facilitar la entrada de viajeros internacionales».
Según la orden publicada en el BOE, los viajeros que entren en España por las fronteras aéreas, sea cual sea su lugar de origen, deberán estar provistos de alguno de estos tres certificados:
– Certificado de vacunación que cumpla los requisitos establecidos por el Ministerio de Sanidad.
– Certificado de prueba diagnóstica de SARS-CoV-2 negativo. Valdrán las pruebas tipo NAAT (PCR o similar) realizadas en las 72 horas previas a la salida a España o un test de antígenos hecho en las 24 horas previas a la salida a España…