La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) renovó recientemente la concesión del duty free del aeropuerto Arturo Merino BenÃtez sin recurrir a una licitación, lo cual ha causado molestia en el Ministerio de Obras Públicas y sorprendido al público. Se trata de un negocio que involucra ventas por 80 millones de dólares anuales para la firma adjudicataria, magnitud que de suyo hubiera justificado licitar. Además, y dado que el contrato se extenderá al período de la próxima concesión del aeropuerto, el nuevo terminal que entonces se construya tendrá que destinar casi la mitad de su área de duty free a la actual empresa, con una probable pérdida de atractivo para otras empresas que postulen.
Parece atendible la molestia del ministerio del ramo ante un proceso tan apresurado. Los principales argumentos de la DGAC para actuar como lo hizo se pueden resumir básicamente en tres consideraciones. En primer lugar, ese organismo está autorizado para renovar el contrato. Por otra parte, la actual concesionaria ha sido una buena pagadora, y eso constituye un antecedente favorable. En fin, la probabilidad de encontrar mejores oferentes fue estimada baja. No obstante, planteado así, el razonamiento parece frágil: si el negocio era tan poco atractivo, ¿por qué no se lo sometió al test de mercado, de modo de verificar tal hecho en las circunstancias presentes del país y del rubro? Un estudio comparativo como el que hizo la DGAC resulta poco objetivo y contadas veces permite determinar adecuadamente algo que se puede lograr de modo automático e indiscutible mediante una licitación, cual es el efectivo valor de mercado de la concesión. Tampoco es un buen argumento el que invoca la calidad de buen pagador del actual concesionario, ya que serlo constituye la obligación de cualquier empresa sometida a un contrato, y no constituye un mérito especial, sino lo naturalmente esperable a todo evento.
Es cierto que la Contraloría dictaminó que la empresa operadora del duty free tenía el derecho a solicitar la renovación de su contrato antes de poderse llamar a una licitación, pero eso no representaba una obligación para la DGAC.
Lamentablemente, una resolución de esta especie, defendida con argumentos que no parecen incontrarrestables, alimenta "”justa o injustamente"” suspicacias que se habrían evitado de seguir otro camino. Porque precisamente esa es una de las ventajas del mecanismo de licitación cuando opera correctamente: se asigna una concesión valiosa mediante una fórmula transparente, según la cual gana la empresa que hace la mejor oferta. El procedimiento seguido en el caso del duty free, en cambio, no entrega esas garantías o, cuando menos, cabe afirmar que la ciudadanía puede no percibirlo así.
Problemas como este, junto a dificultades de coordinación en las nuevas concesiones aeroportuarias atribuidas a la falta de flexibilidad de la DGAC, sugieren la necesidad de evaluar reformas a este organismo, una entidad que con el paso del tiempo ha venido acumulando considerables recursos y atribuciones, sin que se…