INDUSTRIA AERONÁUTICA

Chile: Diputados aprobaron proyecto que establece derechos para pasajeros de líneas aéreas

Por 100 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó en último trámite la iniciativa que establece una serie de derechos para los pasajeros de líneas aéreas, como por ejemplo los tipos de compensación que deberá ofrecer una aerolínea a los pasajeros por sobreventa de pasajes o la cancelación de un vuelo.

De acuerdo a lo informado por el sitio web de la Cámara Baja, «el nuevo texto acordado agrega al Código Aeronáutico la obligación del transportador a informar a cada pasajero los derechos que le asisten en caso de cancelación, retraso del vuelo o denegación de embarque».

Además, «se define que la compañía dará al pasajero un billete de pasaje, que deberá contener, a lo menos: lugar y fecha de expedición; nombre del pasajero y del transportador o transportadores; puntos de partida y de destino, precio y clase del pasaje; y la explicitación clara de las condiciones, restricciones y limitaciones a que está sujeto y de todos los derechos contemplados en la norma».

La iniciativa también establece que «la aerolínea podrá expedir el billete de pasaje por cualquier medio, siempre y cuando éste permita cumplir con lo ya señalado. El billete de pasaje hace fe de la celebración y de las condiciones del contrato de transporte. La falta, irregularidades o pérdida del billete no afectarán la existencia ni validez del contrato».

En otro punto, el proyecto determina que «el transportador puede rehusar o condicionar el transporte de aquellos pasajeros cuyo estado o condición constituya un peligro para la seguridad, higiene o buen orden a bordo, o cuando requiera atención o cuidado especial durante el viaje».

Además se establece que «un reglamento del Ministerio de Defensa Nacional establecerá las condiciones técnicas y de seguridad bajo las cuales se autorizará el transporte de personas con discapacidad, orgánicamente descompensadas, agónicas o inconscientes».

Denegación de embarque

La normativa aprobada también señala que «cuando la compañía aérea prevea que tendrá que denegar el embarque de uno o más pasajeros por sobreventa, los que se hayan presentado oportunamente y con su pasaje previamente confirmado, deberá pedir en primer lugar que se presenten voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinadas prestaciones y reparaciones acordadas entre ambos»…

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