El Gobierno prepara la vuelta a la actividad del turismo, con la vista puesta en relanzar los viajes dentro de España a finales de junio y abrir el país al turismo extranjero a principio de julio. Y para ello ultima la regulación con nuevas medidas para garantizar la seguridad sanitaria en aviones y en aeropuertos.
El Ministerio de Transportes está elaborando una nueva normativa que convertirá en obligatorias las recomendaciones para el sector aéreo lanzadas por la Agencia de Seguridad Aérea (EASA) y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) la pasada semana.
El Gobierno convertirá las directrices europeas en obligaciones para las compañías aéreas que operen en España. Y entre esas directrices no figura la obligación de que las aerolíneas dejen asientos vacíos en sus vuelos para garantizar una mañana distancia entre los pasajeros. Cuando las compañías retomen de manera masiva su actividad en las próximas semanas podrán hacerlo vendiendo todas las plazas de sus aviones.
La EASA y el ECDC recomiendan que los pasajeros mantengan 1,5 metros de separación siempre que sea posible. Esto es, en caso de que el avión no vaya lleno, la aerolínea debe ubicar a los pasajeros de la manera que permita mayor separación entre ellos. Pero no exigen que se dejen asientos sin ocupar para conseguir esa separación. Ambos organismos sí que piden que sea obligatorio el uso de mascarillas en el avión (que pasajeros y tripulantes deberán cambiar cada cuatro horas en caso de vuelos largos), reducir al mínimo el servicio a bordo, reforzar la higiene y desinfección de las superficies de contacto…
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del propio Ministerio de Transportes, será el organismo responsable de la supervisión de que todas las medidas de protección adicionales que se incluirán en la norma se cumplan por parte de todos los operadores.
El Ministerio de Transportes, José Luis Ábalos, sí que ha establecido ocupaciones máximas para el tren y para el autobús, obligando a las compañías a dejar plazas vacías en los trayectos. Pero durante estos dos meses y medio de estado de alarma ha rehusado a regular la ocupación máxima de los vuelos (sólo lo había hecho con los vuelos interislas, con ocupaciones del 50%) y tampoco lo va a hacer en la normativa que prepara para establecer los protocolos obligatorios en el sector aéreo.
La normativa española actual ni establece distancias concretas entre viajeros, ni obliga a no sobrepasar una ocupación tasada de las plazas del vuelo, ni contempla que las compañías tengan que dejar asientos vacíos entre los viajeros. El real decreto del 14 de marzo que alumbraba el estado alarma establece en su artículo 14.2 que “en aquellos servicios en los que el billete otorga una plaza sentada o camarote, los operadores de transporte tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros”. Sin más precisiones.
Las compañías aéreas se han manifestado durante estas semanas abiertamente en contra de dejar asientos sin ocupar. Por un lado, por el golpe económico que supondría: haría imposible rentabilizar los vuelos u obligaría a encarecer tanto los billetes como para ser difícil su venta. Por otro, porque lo consideran innecesario para dar mayor seguridad, pues el avión ofrece unas características específicas que hacen que el riesgo de contagio sea bajo (singularmente por el uso de filtros HEPA que hacen que la pureza del aire en cabina sea igual a la de un quirófano)…